PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE FUENTE OBEJUNA PARA LA GESTIÓN DE LOS FONDOS NEXT GENERATION UE

Un aspecto esencial en la ejecución de las medidas incorporadas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia es el relativo a la protección de los intereses financieros de la Unión Europea frente a los cuatro riesgos específicos que se asocian a esta ejecución: el fraude, la corrupción, los conflictos de interés y la doble financiación.

El Servicio Nacional de Coordinación Antifraude, integrado en la Intervención General de la Administración del Estado y con competencias de coordinación general a nivel nacional respecto la protección de intereses financieros de la UE, se ha configurado en el Plan como parte esencial del modelo en la coordinación de las actuaciones antifraude. Una herramienta fundamental para estas actuaciones es el Canal de denuncias del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia, mantenido por dicho Servicio, que es el encargado de tramitar y dar curso a las comunicaciones recibidas.

La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicada en el BOE n.º 234, de 30 de septiembre de 2021, establece en su artículo 6 un refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses; asimismo, los anexos II.B.5 y III.C establecen el contenido mínimo y los elementos que toda entidad interesada en este tipo de planes, deben de tener en cuenta para evitar que se produzcan situaciones de fraude, corrupción y conflicto de intereses que puedan poner en juego los intereses financieros de la Unión Europea.

En el apartado 1 del citado artículo establece que: “Con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones que el artículo 22 del Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, impone a España en relación con la protección de los intereses financieros de la Unión como beneficiario de los fondos del MRR, toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR deberá de disponer de un “Plan de medidas antifraude” que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses”.

El Plan de Medidas Antifraude para el Excmo. Ayuntamiento de Fuente Obejuna, aprobado por el Pleno en la sesión extraordinaria celebrada el día 2 de Mayo de 2023, contiene la siguiente información:

  1.  PREÁMBULO
  2. OBJETIVO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
  3. DEFINICIONES
  4. PERIODICIDAD
  5. CONTENIDO DEL PLAN
  6. COMITÉ ANTIFRAUDE
  7. MEDIDAS PARA LA LUCHA CONTRA EL FRAUDE
  • Declaración institucional de lucha contra el fraude.
  • Herramientas para la autoevaluación del riesgo de fraude.
  • Código ético para empleado/as público/as y cargos electos.
  • Declaración de Ausencia de Conflictos de interés.
  • Plan de formación para toda la organización.
  • Procedimientos para tratar las denuncias de fraude y conflictos de intereses.
  • Sistema de indicadores para la detección del fraude.
  • Página web y “buzón de denuncias” para cualquier interesado.
  • Propuesta de composición y funciones de un Comité Antifraude.

Recogida en los siguientes documentos:

ACUERDO EU 02 05 2023 Medidas antifraude
PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE

Dentro de las Medidas para la Detección de posibles fraudes, se contempla la creación de un “Buzón de Denuncias” o “Canal de Denuncias” por el que cualquier persona que tenga conocimiento de alguna irregularidad, fraude o corrupción, puede comunicarla a través de alguno de los siguientes medios: